CONDICIONES DE USO DEL CRÉDITO DE CREDIFIN
1. Presenta al encargado de tienda tu cédula de ciudadanía.
2. Debes tener tu teléfono celular, al cual te llegará un mensaje con un código OTP, este código es único y se lo suministras sólo a la encargada de la tienda, tú lo debes proteger y eres responsable del uso y manejo que le des, al igual que a tu celular, en ningún momento CREDIFIN, se hace responsable del uso que le des ni al mensaje, ni al celular de tu propiedad. El objetivo de este código es autorizar el tratamiento de tu información personal, acuerdo de uso de firma electrónica.
3. De igual forma debes tener un correo electrónico, el cual se suministra en el momento de diligenciar la solicitud.
4. Una vez des tu autorización procedemos a validar tu identidad mediante el diligenciamiento de varias preguntas, recuerda es todo pensando en tu seguridad.
5. Agotado el anterior paso procedemos a diligenciar tu solicitud.
6. Después de diligenciada tu solicitud, te tomamos una foto y el sistema aprobará o rechazará tu crédito automáticamente, según la política.
7. En caso de ser aprobado te enviaremos otro código OTP con el fin de que aceptes los documentos legales de tu crédito y con este código OTP firmes electrónicamente.
8. Cuando adquieres tu crédito, adquieres un Aval, tal como lo permite el artículo 633 y 634 del código de comercio, CREDIFIN, se encargará de la facturación y recaudo del valor del aval de la sociedad avalista.
9. La tasa de financiación será la fijada por la Superintendencia Financiera, la cual podrás consultar en nuestra página web y a cada uno de los encargados de tienda.
10. En caso de mora se pagarán intereses a la tasa máxima legal permitida por la Superintendencia Financiera.
11. En caso de que tu mora requiera proceso de recuperación de cartera, el valor de los honorarios será a cargo tuyo.
12. Es importante que sepas que en caso de incumplimiento de una o más de tus cuotas, hacemos efectiva la cláusula aceleratoria la cual anticipa el plazo y nos faculta a cóbrate la totalidad de acuerdo con el artículo 69 de la ley 45 de 1990.
“Artículo 69 de la ley 45 de 90: Mora en sistemas de pago con cuotas periódicas. Cuando en las obligaciones mercantiles se estipule el pago mediante cuotas periódicas, la simple mora del deudor en la cancelación de estas no dará derecho al acreedor a exigir la devolución del crédito en su integridad, salvo pacto en contrario. En todo caso, cuando en desarrollo de lo previsto en este artículo el acreedor exija la devolución del total de la suma debida, no podrá restituir nuevamente el plazo, salvo que los intereses de mora los cobre únicamente sobre las cuotas periódicas vencidas, aun cuando comprendan sólo intereses”
13. Es importante que sepas que puedes liberar tu cupo y tendrás incremento de este si haces buen uso de este, si estas en mora será imposible que puedas utilizar tu cupo o incrementarlo de acuerdo con las políticas de CREDIFIN.
14. Los plazos otorgados son hasta seis meses.
15. Puedes pagar parcial o totalmente el crédito y no tendrás ninguna sanción.
16. Puedes pagar cada mes o cada quince días.
17. Una vez aprobado el crédito tienen derecho al retracto de acuerdo con lo establecido en la ley 1480 de 2011.
18. Tienes varios medios de comunicación, de expresión de tus inquietudes, quejas, reclamos y felicitaciones a través de los siguientes medios y podrás acceder a las condiciones de tu crédito en la página web www.credifn.com. Utilizando tu usuario y clave.